ARTÍCULO 81.

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

Excel X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza

Excel XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos

Excel XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal

Excel XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero

XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad

Inventario_Inventario de bienes muebles (archivo no disponible)

Inventario_Inventario de altas practicadas a bienes muebles (archivo no disponible)

Inventario_Inventario de bajas practicadas a bienes muebles

Inventario_Inventario de bienes inmuebles (archivo no disponible)

Inventario_Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles Inventario_Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles Inventario de bienes muebles e inmuebles donados

XXXVIII. Los programas que ofrecen

Otros programas_Programas que ofrecen (archivo no disponible)

Otros programas_Trámites para acceder a programas que ofrecen (archivo no disponible)

XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto

Ingresos_Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligado (archivo no disponible)

Ingresos_Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos

ARTÍCULO 82.

Además de lo señalado en el artículo 81 de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos
deberán poner a disposición del público y actualizar la información siguiente:

II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados

Presupuesto de egresos

Egresos y fórmulas de distribución de los recursos (archivo no disponible)

IV. El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes

ARTÍCULO 85.